Aprueban “ley garrote”; Morena olvida su origen
En Tabasco se aprobó la ley garrote, propuesta del gobernador Adán Augusto López, dicha aprobación endurecerá las penas por impedir la ejecución de obras públicas, o realizar bloqueos de calles
Por: Uriel Morales
Ciudad de México .- En redes sociales comenzaron a llamarla #LeyGarrote y se trata de las reformas al Código Penal de Tabasco, aprobadas ya en comisión y propuestas por el gobernador morenista, Adán Augusto López, para endurecer las penas por impedir la ejecución de obras públicas, o realizar bloqueos de calles. El Congreso de Tabasco la aprobó con 21 votos a favor, dos en contra y tres abstenciones, dicha reforma.
Esta ley contempla la inclusión de un nuevo tipo penal, denominado “Impedimento de ejecución de trabajos u obras” para castigar “al que careciendo de facultad legal, impida o trate de impedir por cualquier medio, la ejecución de trabajos u obras privadas”, se le impondrá una pena de prisión de entre seis y 13 años de cárcel.
Esto en la entidad natal del presidente Andrés Manuel López Obrador, que en su etapa de opositor encabezó protestas con medidas como el bloqueo de Paseo de la Reforma, o la toma de pozos petroleros; el estado del sureste donde se planean obras como la refinería de Dos Bocas, y también se planea el paso del Tren Maya.
Los diputados del PRI y algunos del PRD argumentaron que el dictamen buscaba criminalizar a quienes protestan por reclamos no atendidos.
La oposición reclamó a Morena que ha olvidado que la protesta es parte de su origen y que ayudó a su crecimiento. Al menos cuatro diputados pidieron regresar el dictamen a Comisión Ordinaria de Seguridad Pública, Procuración de Justicia y Protección Civil e incluso hacer una consulta, lo que celebraron ciudadanos presentes en el pleno.
“Al que extorsione, coercione, intente imponer o imponga cuotas e impida total o parcialmente el libre tránsito de personas vehículos, maquinaria, equipo especializado o similar para la ejecución de trabajo de obra pública o privadas en las vías de se impondrá de 6 a 13 años y multa de mil a 2 mil veces el valor diario de la unidad de medida y actualización.
“La pena se incrementará en un ámbito más cuando en la comisión del delito el sujeto activo se debe acompañar de personas menores de edad o se emplee violencia”, detalla el cambio aprobado.
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