Analizará SCJN amparo sobre el etiquetado de alimentos
Se trata de tres demandas contra el etiquetado nutrimental de alimentos y bebidas presentadas por Santa Clara Mercantil de Pachuca, Herdez y otras empresas
Por redacción
México.- La Segunda Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) determinó que el pleno del máximo tribunal constitucional discuta el amparo en revisión 358/2022 y resuelva si el sistema de etiquetado frontal de advertencia, la Modificación a la Norma Oficial Mexicana NOM-051- SCFI/SSA1 2010 y la Nota Aclaratoria sobre Especificaciones generales de etiquetado para alimentos y bebidas no alcohólicas preenvasados vulnera los derechos de igualdad y seguridad jurídica.
De acuerdo con el proyecto de resolución confeccionado por la ministra ponente Yasmín Esquivel Mossa, la Segunda Sala concluyó que, al resultar infundados y fundados pero inoperantes los agravios, lo procedente es confirmar la sentencia recurrida y negar el amparo y protección de la justicia federal.
Para el desarrollo de su objeto social, precisa el fallo, la quejosa ha registrado diversas marcas ante el Instituto Mexicano de la Propiedad Industrial, como son: sangría señorial y sangría señorial light; trébol; chaparritas; y, barrilitos que son aplicables a: aguas minerales y gaseosas, bebidas sin alcohol, bebidas de frutas y refrescos’’.
La propuesta de resolución establece que las disposiciones impugnadas no resultan inequitativas al otorgar un trato diferenciado entre alimentos y bebidas no alcohólicas preenvasadas y los productos envasados en punto de venta o vendidos a granel.
El cambio en el sistema de etiquetado frontal en los alimentos preenvasados, detalla, tuvo una finalidad constitucionalmente válida y objetiva: proteger la alimentación y, con ello, la salud.
Y responde a implementar una medida legislativa para combatir el sobrepeso y la obesidad, que causan diversas enfermedades crónicas como la diabetes y la hipertensión, que actualmente es uno de los principales problemas de salud en la población mexicana.
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