Informa CONDUSEF resultados de supervisión de transparencia financiera

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Ofrecen cuenta de Depósito a la vista que cumplieron con la norma en materia de transparencia financiera y calidad de la información para los usuarios, 19 de las 22 Entidades de Ahorro y Crédito Popular

México.- La Comisión Nacional para la Protección y Defensa de los Usuarios de Servicios Financieros (CONDUSEF) informa los resultados de la supervisión en materia de transparencia financiera del producto “Depósito a la Vista” realizada al sector de Entidades de Ahorro y Crédito Popular (EACP).

Dentro de este proceso participaron 13 Sociedades Cooperativas de Ahorro y Préstamo (SOCAP) y 9 Sociedades Financieras Populares (SOFIPO), que ofrecen este producto a sus socios o clientes, las cuales resultan ser representativas del Sector ya que en conjunto concentran el 55.7% del saldo total de los depósitos de exigibilidad inmediata, de un total de 79 mil 786 millones de pesos que tenían guardados de sus clientes o socios al finalizar el año 2019.

De hecho, el Sector está integrado por 195 entidades financieras en operación (156 SOCAP y 39 SOFIPO) que atienden a 7.5 y 4.9 millones de socios y clientes, respectivamente.

El proceso de supervisión en materia de transparencia y calidad consiste en dos etapas:

En una primera etapa, se analiza que los documentos e información que utilizan las Instituciones Financieras con los usuarios, previo a la contratación y durante la vida de la cuenta, cumplan con la normatividad aplicable, por lo que se solicitan expedientes de clientes que contienen documentos como contrato de adhesión, carátula, estado de cuenta y comprobante de operación. También se revisa que la página de Internet y la publicidad tengan información consistente y no dé lugar a confusiones.

Del resultado de este análisis, la CONDUSEF informa a las Instituciones las irregularidades normativas detectadas y les ordena llevar a cabo un Programa de Cumplimiento Forzoso, con el propósito de solventar dichas irregularidades.

Entre los principales incumplimientos normativos que se encontraron en los expedientes de clientes que contrataron una cuenta de “Depósito a la Vista”, destacan, entre otros, los siguientes:

Contrato de Adhesión:

Las comisiones no se encuentran inscritas en el Registro de Comisiones (RECO) o la información no coincide entre sí.

No indica la entrega del acuse de recibo de cancelación al usuario del producto derivado de la terminación anticipada del contrato.

Carátula

No señala los medios de disposición de los recursos de la cuenta o los mismos no coinciden con lo previsto en el contrato.

No incluye la leyenda respectiva al Fondo de Protección hasta por 25,000 UDIS y/o el nombre del titular garantizado.

La carátula no cumple con el formato establecido en la normativa aplicable.

Estado de Cuenta

No incluye la leyenda: "La GAT real es el rendimiento que obtendría después de descontar la inflación estimada".

No indica el equivalente en pesos del monto protegido por el Fondo de Protección a la fecha de corte del estado de cuenta.

No contiene el aviso con los datos de contacto de la UNE de la Institución Financiera y de la CONDUSEF.

Comprobante de operación

No incluye la certificación electrónica o folio interno que permita identificar cada una de las operaciones realizadas por el usuario, ni la plaza geográfica donde se realizó la operación.

Página de Internet

Dentro de la liga de Comisiones no se informa la fecha de cálculo de la Ganancia Anual Total (GAT), o la misma es mayor al periodo de seis meses.

No incluye el listado de productos que ofrecen y que están garantizados por el

Fondo de Protección.

No da a conocer la existencia del Buró de Entidades Financieras en los términos previstos en la normativa aplicable.

Publicidad

No precisa que las tasas de rendimiento se presentan antes de impuestos.

Las comisiones no se encuentran inscritas en el Registro de Comisiones (RECO) o la información no coincide entre sí.

La información presentada no coincide con lo previsto en el contrato de adhesión.

Con el objeto de determinar si las Instituciones llevaron a cabo los cambios ordenados mediante los Programas de Cumplimiento Forzoso, la CONDUSEF analiza en una segunda etapa la documentación enviada como evidencia de los cambios realizados por las Instituciones, obteniéndose una segunda calificación.

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