Aplicarán descuentos de hasta el 100% en predial a inmuebles dañados

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El beneficio aplicará para quienes cuenten con opinión técnica emitida por la Secretaría de Gestión Integral de Riesgos y Protección Civil de la Ciudad de México

Por: Pixel Media 4.0

Ciudad de México.- Por segundo año consecutivo, el gobierno de la Ciudad de México, informó que se condonará total o parcialmente el pago del impuesto predial a propietarios o poseedores de inmuebles que presenten daños estructurales por grietas y/o hundimientos diferenciados.

El anunció quedó publicado en la Gaceta Oficial de la capital, en donde se establece que el beneficio aplicará para quienes cuenten con opinión técnica emitida por la Secretaría de Gestión Integral de Riesgos y Protección Civil de la Ciudad de México con base en el grado de exposición de la vivienda y conforme a la información contenida en el Atlas de Riesgos de la Ciudad de México.

Los beneficios de la presente Resolución deberán tramitarse ante cualquier Administración Tributaria y para tal efecto los interesados presentarán a más tardar el 31 de diciembre de 2020, lo siguiente:

  • Declaración de Valor Catastral y Pago del Impuesto Predial (boleta predial)
  • Original de la opinión técnica emitida por la Secretaría de Gestión Integral de Riesgos y Protección Civil de la Ciudad de México, en la que se señale el Grado de Exposición del inmueble respecto del cual se aplicará la condonación


“Los contribuyentes que se acojan a la condonación establecida en esta Resolución y que impugnen a través de algún medio de defensa el pago efectuado, o que proporcionen documentación o información falsa o la omitan total o parcial, con el propósito de gozar indebidamente de la condonación, perderán los beneficios que se les hubieren otorgado en relación con el adeudo o adeudos de que se trate”, se lee en el texto.

Además, no procederán dichos beneficios cuando los contribuyentes cuenten con denuncias o querellas presentadas por la autoridad fiscal a que hace referencia el Título Cuarto del Libro Cuarto del Código Fiscal de la Ciudad de México.

Conforme a lo establecido, si el grado de exposición de la vivienda es bajo, el porcentaje de condonación será del 50%; si es mediano, el descuento será del 75% y en caso de ser alto, el propietario del inmueble no pagará el impuesto predial.

Esta resolución no será aplicable a las dependencias, entidades, órganos político administrativos y órganos autónomos de la administración pública, según corresponda, Federal, Estatal, Municipal o de la Ciudad de México.

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